Documentos Registrales

Asesoría Integral en Obtención de Documentos Registrales

Te guiamos paso a paso en la solicitud, verificación y uso de los documentos que necesitas para cualquier trámite inmobiliario.

Certificados y Partidas de Propiedad

Nos ocupamos del trámite y verificación

  • DOCUMENTOS REGISTRALES
  • DOCUMENTOS MUNICIPALES
  • DOCUMENTOS DE IDENTIDAD
  • EL TESTIMONIO

Los asientos Registrales

La Partida Registral está compuesta por una
sucesión de Asientos Registrales que,
numerados correlativamente e identificados por «Rubros», equivalen a los «Capítulos» de la historia del inmueble.

En cada Asiento Registral se consigna un resumen de los datos del Acto que se inscribe, por ejemplo una Compra Venta o una Hipoteca.

Cada Asiento Registral hace referencia al «Titulo» que le dio origen.

La Partida Registral

Todo inmueble una vez independizado, debe quedar inscrito en una Partida Registral que se identifica con un número único e irrepetible.

PU – HR

Pago del impuesto predial anual.

Pago de arbitrios al día.

CONSTANCIA DE NO ADEUDO.

Los Títulos Archivados

Cada Asiento Registral tiene como sustento el documento que le dio origen «Título», por ejemplo, el parte Notarial con la copia Certificada de la Escritura Pública.

Sistemas en el tiempo

Tomo, Ficha, Partida Electrónica.

Inscripciones y formatos digitales correlativos e identificados por las letras.

Alerta registral

Publicidad Registral

Te ayudamos a solicitar, interpretar y validar toda la información registral disponible sobre una propiedad o persona. Accedemos directamente a SUNARP y obtenemos documentación oficial para garantizar decisiones seguras.

01

CRI Certificado Registral Inmobiliario

El Certificado Registral Inmobiliario (CRI) es un documento oficial emitido por la SUNARP que reúne toda la información registral vigente sobre una persona o empresa y los inmuebles que figuran a su nombre.

02

Certificado Literal (Copia Literal)

También llamado Copia Literal, es un documento emitido por SUNARP que contiene la transcripción exacta de toda la información registrada sobre una partida inmobiliaria, vehicular o jurídica.

03

Historial de cargas, gravámenes y embargos

Es un documento registral que muestra todas las afectaciones legales o financieras que existen o existieron sobre una propiedad, vehículo o derecho inscrito, este se obtiene a través de SUNARP.

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Documentos de Identidad

Son aquellos registros oficiales que acreditan la identidad de una persona, como el DNI, pasaporte o carné de extranjería, y se utilizan para trámites legales, notariales y registrales.

  • DNI
  • Carnet de Extranjería
  • Pasaporte
  • Poder por Escritura Pública
  • Vigencia de Poder

ESTUDIO DE TÍTULOS

El estudio de títulos es un análisis legal y registral que permite verificar si una propiedad está correctamente inscrita, libre de problemas y apta para ser vendida, transferida o financiada.
Es una garantía sobre un inmueble que respalda una deuda. Si no se paga, el acreedor puede ejecutar la propiedad.
HIPOTECA
Garantía inmobiliaria
Es una restricción temporal que impide inscribir actos sobre una propiedad mientras se resuelve un trámite, medida legal o solicitud pendiente.
BLOQUEO
Restricción registral
Es una afectación inscrita sobre un inmueble que limita su libre uso o traslado de propiedad, como hipotecas, embargos o servidumbres.
CARGAS TÉCNICAS
Limitación legal
Es una medida legal que inmoviliza un bien para garantizar el pago de una deuda. Impide venderlo o transferirlo hasta que se resuelva la obligación.
EMBARGO
Retención judicial

Levantamiento de Gravámenes por Caducidad Artículo

Artículo 625º del Código Procesal Civil, Ley 26639

En los procesos iniciados con el Código de Procedimientos Civiles de 1912 la medida cautelar se extingue de pleno derecho a los cinco años contados desde su ejecución Si el proceso principal no hubiera concluido, podrá el juez, a pedido de parte, disponer la reactualización de la medida. Esta decisión requiere de nueva ejecución cuando implica una inscripción registral.

El plazo de caducidad previsto en el artículo 625 º del Código Procesal Civil se aplica a todos los embargos y medidas cautelares dispuestas judicial o administrativamente, incluso con anterioridad a la vigencia de dicho Código y ya sea
que se trate de procesos concluidos o en trámite.

Tratándose de medidas inscritas, los asientos registrales serán cancelados a instancia del interesado, con la presentación de una declaración jurada con firma legalizada por Fedatario o Notario Público, en la que se indique la fecha del asiento de presentación que originó la anotación de la medida cautelar y el tiempo transcurrido.
El Registrador cancelará el respectivo asiento con la sola verificación del tiempo transcurrido.

Los embargos definitivos y otras medidas de ejecución trabados bajo las normas del Código de Procedimientos Civiles, caducarán en el plazo de 5 años contados desde la fecha de su ejecución, salvo que sean renovados.
Si se trata de medidas inscritas, se aplicará lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 1 º

Las inscripciones de las hipotecas, de los gravámenes y de las restricciones a las facultades del titular del derecho inscrito y las demandas y sentencias u otras resoluciones que a criterio del juez se refieran a actos o contratos inscribibles, se extinguen a los 10 años de las fechas de las inscripciones, si no fueran renovadas.
La norma contenida en el párrafo anterior se aplica, cuando se trata de gravámenes que garantizan créditos, a los 10 años de la fecha de vencimiento del plazo del crédito garantizado.